Renta 2021

8 de Abril de 2022 Roberto Pitarch

Campaña Renta y Patrimonio ejercicio 2021

El día 06 de abril de 2022 comienza el plazo para poner orden con la Agencia Tributaria, llega la cita anual con Hacienda.

Los trámites se podrán realizar vía Internet, telefónicamente y de forma presencial. El borrador se obtendrá en la página Web de la Agencia Tributaria, si tienes certificado digital, sistema Cl@ve o número de referencia.

El calendario de presentación es el siguiente:

6 de abril: comienza la presentación de la declaración por internet.

5 de mayo: se abre la opción telefónica, habrá que concertar cita previa, a partir del 3 de mayo.

1 de junio: se inicia la forma presencial. Hay que solicitar cita previa desde el 26 de mayo.

27 de junio: finaliza el plazo para la domiciliación bancaria de las declaraciones con resultado a ingresar.

30 de junio: último día para presentar la declaración anual de Renta y Patrimonio.

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la Renta?

Es la primera pregunta que debemos hacernos, no todos tiene que presentar la declaración de la Renta, según la Agencia Tributaría deberán hacerlo, entre otros, los que tengan:

·  Un único pagador: siempre que los ingresos anuales superen los 22.000 euros.

·  Dos o más pagadores: la cantidad es de 14.000 euros y siempre que la suma del resto de pagadores sea igual o superior a 1.500 euros anuales.

·  No podemos olvidar que los contribuyentes beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración de la Renta

Novedades de la declaración de la Renta 

La Campaña de la Renta de 2022 viene cargada de novedades. El IRPF es un impuesto progresivo que funciona por tramos, este año se ha creado un sexto tramo que afectará a los contribuyentes que con un mayor nivel de ingresos.  Los nuevos tramos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), quedan así: 

  • Primer tramo hasta 12.450 euros: 19%. 
  • Segundo tramo hasta 20.200 euros: 24%.
  • Tercer tramo hasta 35.200 euros: 30%.
  • Cuarto tramo hasta 60.000 euros: 37%.
  • Quinto tramo hasta 300.000 euros: 45%.
  • Sexto tramo (nuevo) a partir de 300.000 euros: 47%.

También se ha modificado la deducción por los planes de pensiones. Ahora las aportaciones personales no pueden superar los 2.000 euros. Si los planes son de empresa sí que se podrá recibir hasta 8.000 euros, aunque no superarán los 10.000 euros si se combinan ambos (aportaciones personales y empresariales). También se ha reducido la cantidad que se puede aportar al plan del cónyuge, pasando de 2.500 a 1.000 euros al año. Los seguros privados de dependencia, la deducción se ha visto igualmente reducida hasta los 2.000 euros.

Por último, hay que revisar todas las deducciones disponibles tanto a nivel estatal como a nivel autonómico, para poder ahorrar en la declaración de la renta.

Cómo todos los años, os recomendamos revisar bien el borrador antes de confirmarlo, ya que la responsabilidad de lo declarado es del contribuyente. La AEAT no garantiza que estén todos los datos susceptibles de ser declarados, ni mucho menos aplicadas todas las deducciones.

También es importante revisar, si se tiene interés, las casillas de “Asignación tributaria a la Iglesia Católica” y “Asignación tributaria a otros fines sociales”, ya que en ocasiones no vienen marcadas.

Como todos los años desde el equipo de Pitarch Faus Consultores estaremos encantados de ayudaros y solucionar todas las dudas.

Pueden pedirnos cita en el teléfono 962763674, en el correo electrónico info@pfconsultores.es, o escaneando el código Qr adjunto.

 

María José Faus

Economista, colegiado 9.687

CEO Pitarch Faus Consultores