Campaña Renta y Patrimonio ejercicio 2021
El día 06
de abril de 2022 comienza el plazo para poner orden con la Agencia Tributaria,
llega la cita anual con Hacienda.
Los
trámites se podrán realizar vía Internet, telefónicamente y de forma presencial.
El borrador se obtendrá en la página Web de la Agencia Tributaria, si tienes certificado
digital, sistema Cl@ve o número de referencia.
El
calendario de presentación es el siguiente:
6 de
abril: comienza la presentación de la declaración por internet.
5 de mayo: se abre
la opción telefónica, habrá que concertar cita previa, a partir del 3 de mayo.
1 de
junio: se inicia la forma presencial. Hay que solicitar cita previa desde
el 26 de mayo.
27 de
junio: finaliza el plazo para la domiciliación bancaria de las
declaraciones con resultado a ingresar.
30 de
junio: último día para presentar la declaración anual de Renta y
Patrimonio.
¿Quién
está obligado a presentar la declaración de la Renta?
Es la
primera pregunta que debemos hacernos, no todos tiene que presentar la
declaración de la Renta, según la Agencia Tributaría deberán hacerlo, entre
otros, los que tengan:
·
Un único pagador: siempre
que los ingresos anuales superen los 22.000 euros.
·
Dos o más pagadores: la
cantidad es de 14.000 euros y siempre que la suma del resto de pagadores sea
igual o superior a 1.500 euros anuales.
·
No podemos olvidar que los contribuyentes beneficiarios
del Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración de la
Renta
La Campaña de la Renta de 2022 viene cargada
de novedades. El IRPF es un impuesto progresivo que funciona por tramos,
este año se ha creado un sexto tramo que afectará a los contribuyentes que con
un mayor nivel de ingresos. Los nuevos
tramos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), quedan así:
También se ha modificado la deducción por
los planes de pensiones. Ahora las aportaciones personales no
pueden superar los 2.000 euros. Si los planes son de empresa sí que se podrá
recibir hasta 8.000 euros, aunque no superarán los 10.000 euros si se combinan
ambos (aportaciones personales y empresariales). También se ha reducido la
cantidad que se puede aportar al plan del cónyuge, pasando de 2.500 a 1.000
euros al año. Los seguros privados de dependencia, la deducción se ha visto
igualmente reducida hasta los 2.000 euros.
Por último, hay que revisar todas las deducciones
disponibles tanto a nivel estatal como a nivel autonómico, para poder ahorrar en
la declaración de la renta.
Cómo
todos los años, os recomendamos revisar bien el borrador antes de confirmarlo,
ya que la responsabilidad de lo declarado es del contribuyente. La AEAT no
garantiza que estén todos los datos susceptibles de ser declarados, ni mucho
menos aplicadas todas las deducciones.
También
es importante revisar, si se tiene interés, las casillas de “Asignación
tributaria a la Iglesia Católica” y “Asignación tributaria a otros fines
sociales”, ya que en ocasiones no vienen marcadas.
Como
todos los años desde el equipo de Pitarch Faus Consultores estaremos encantados
de ayudaros y solucionar todas las dudas.
Pueden
pedirnos cita en el teléfono 962763674, en el correo electrónico info@pfconsultores.es, o
escaneando el código Qr adjunto.
María José Faus
Economista, colegiado 9.687
CEO
Pitarch Faus Consultores
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